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¡La justicia obliga a un padre a seguir pagando 300 euros de pensión a su hijo de 21 años, pese a su supuesta lesión y falta de estudios!

Escrito por radioondapopular
agosto 26, 2025
¡La justicia obliga a un padre a seguir pagando 300 euros de pensión a su hijo de 21 años, pese a su supuesta lesión y falta de estudios!

El padre no podrá dejar de pagar la pensión alimentaria a su hijo mayor de edad

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado que un padre deberá seguir abonando una pensión alimenticia de 300 euros mensuales a su hijo de 21 años, rechazando su recurso para reducir o eliminar la obligación. El padre argumentaba que su lesión en la espalda había mermado su capacidad económica y solicitaba la extinción del pago, dado que su hijo ya había alcanzado la mayoría de edad.

Sin embargo, la justicia falló en favor del joven, señalando que este no había alcanzado aún una autonomía económica suficiente para sostenerse por sí mismo. Además, no se acreditaron cambios relevantes en las circunstancias económicas del padre que justificaran la modificación de la pensión.

El rechazo a la justificación del padre por problemas de salud

El origen del pago de la pensión se remonta a una sentencia de 2022, tras el divorcio de los padres. En esa resolución, se estableció la obligación del padre de contribuir con una pensión mensual, considerando que el hijo, nacido en 2003, no cursaba estudios y se encontraba en situación de desempleo.

El padre presentó posteriormente una demanda para modificar esas medidas, alegando que una lesión en su columna afectaba su situación económica y que su hijo ya no requería esa ayuda, ya que no estaba en la universidad ni en formación académica. Además, afirmó que su condición médica lo imposibilitaba para seguir pagando.

La postura de la madre y la decisión judicial

La madre del joven negó las afirmaciones del padre, asegurando que su problema de salud no había sido acreditado. Además, sostuvo que su hijo no vivía de forma autónoma, dependía de la ayuda de su hermana y de su madre, y que no contaba con un empleo estable, sino con trabajos temporales y precarios.

El tribunal concluyó que no existía una alteración significativa y duradera que justificara la suspensión o extinción de la pensión. También se determinó que el joven seguía necesitando apoyo económico y que las dolencias del padre no estaban suficientemente acreditadas. Desde la sentencia de 2022, no se observó un cambio sustancial en las circunstancias económicas del progenitor.

El fallo recordó que, según el Artículo 93 del Código Civil Español, la pensión de alimentos no desaparece automáticamente al cumplir la mayoría de edad. La obligación persiste si el hijo no tiene ingresos propios o no ha finalizado su formación por causas que no le sean imputables. Por ello, la justicia mantuvo el pago, subrayando que la protección a los hijos mayores de edad en situación de dependencia continúa vigente.

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