Logo

Amonestan a Universidad del Sur por maltrato docente y falta de experiencia

Escrito por radioondapopular
octubre 23, 2025
Amonestan a Universidad del Sur por maltrato docente y falta de experiencia







Indecopi sanciona a universidad por trato denigrante de docente en Arequipa

Indecopi sanciona a Universidad en Arequipa por trato agresivo de docente hacia estudiantes

El profesor tomó un curso de la Carrera de Psicología en reemplazo de otra profesora. Foto: difusión
De acuerdo con el relato, el docente empezó a dar comentarios ofensivos hacia los estudiantes desde el 15 de junio de 2024. Foto: Universidades Hoy

La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Arequipa sancionó con una amonestación a la Universidad Tecnológica del Sur S.A.C. (UTS) por el trato denigrante de un docente hacia sus estudiantes del curso Investigación aplicada a la psicología.

Según la Resolución Final N.º 472-2025/INDECOPI-AQP, el profesor J.R.B.C. realizó expresiones ofensivas en el aula, como: “se quedan con lo que los profesores dicen y eso solo es suficiente para que termines repartiendo Coca-Cola, vender papel, etc.” y “mis sobrinos de 11 años saben más”, lo que fue reconocido por la universidad tras un allanamiento formal.

El proceso se inició a partir de la denuncia de un alumno identificado con las iniciales B.W.R.M., quien informó diversas irregularidades en la prestación del servicio educativo. Aunque varias de sus acusaciones fueron desestimadas, la Comisión consideró fundada la denuncia relacionada con el trato agresivo del docente.

La universidad admitió los hechos y aceptó su responsabilidad por la infracción al deber de idoneidad establecido en el artículo 73° del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Como parte de su defensa, la institución precisó que desaprobaba las expresiones del profesor y que había tomado medidas internas, como retirarlo de la carga académica del ciclo 2025-I.

El denunciante, que cursaba la carrera de Psicología, relató que en marzo de 2024 la docente titular del curso fue reemplazada por J.R.B.C. y que, desde entonces, surgieron problemas en la elaboración de su tesis. Según su relato, el 15 de junio de ese año, el profesor comenzó a emitir comentarios despectivos, comparándolos con sus sobrinos y cuestionando su nivel académico. Además, afirmó que, por temor a represalias, evitaba hacer preguntas en clase.

El conflicto escaló cuando, tras presentar su trabajo de investigación, el docente le asignó la calificación “N/S” (no se presentó), a pesar de que el estudiante aseguró haber cumplido con los requisitos del curso. También denunció que las clases subidas a la plataforma virtual tenían fallas de audio y video, afectando el proceso de aprendizaje. En su denuncia, solicitó sancionar a la universidad por maltrato, discriminación y falta de idoneidad, además de reclamar la devolución de S/ 6,000 por los ciclos académicos afectados.

De acuerdo con el relato, el docente empezó a dar comentarios ofensivos hacia los estudiantes desde el 15 de junio de 2024. Foto: Universidades Hoy
De acuerdo con el relato, el docente empezó a dar comentarios ofensivos hacia los estudiantes desde el 15 de junio de 2024. Foto: Universidades Hoy

Durante el procedimiento, la Universidad Tecnológica del Sur reconoció la falta y presentó un allanamiento parcial, aceptando los hechos relacionados con el trato humillante. La institución además afirmó que desaprobaba las expresiones del docente y que había tomado medidas internas, como retirarlo de sus funciones en el ciclo 2025-I.

El Indecopi destacó que el allanamiento es una figura que permite al proveedor reconocer la infracción y aceptar las consecuencias legales, lo que agiliza el proceso. En este caso, la Comisión consideró que el reconocimiento se presentó dentro del plazo legal y lo valoró como válido.

Por ello, se impuso una amonestación a la universidad y se ordenó su inscripción en el Registro de Infracciones y Sanciones del Indecopi. Además, la institución deberá asumir las costas del procedimiento.

La resolución precisó que las expresiones del docente tenían un carácter humillante y agresivo, pero no constituyeron actos de discriminación, ya que no se refirieron a condiciones como raza o nacionalidad de los estudiantes. Sin embargo, el lenguaje empleado vulneró el deber de idoneidad que exige que los servicios educativos se brinden con respeto, calidad y trato adecuado.

La autoridad resaltó que el objetivo de esta normativa es garantizar que los estudiantes, en su condición de consumidores, reciban un servicio educativo respetuoso y de calidad, promoviendo un entorno que respete la dignidad de todos los alumnos.


Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *