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TC declara infundada demanda contra Ley de Amnistía y limita su alcance

Escrito por radioondapopular
diciembre 6, 2025
TC declara infundada demanda contra Ley de Amnistía y limita su alcance






Tribunal Constitucional declara infundada demanda contra Ley de Amnistía en Perú



Tribunal Constitucional de Perú rechaza demanda contra Ley de Amnistía por falta de votos

Decisión del Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional (TC) de Perú declaró infundada, por falta de votos, la demanda de inconstitucionalidad presentada contra la denominada Ley de Amnistía (Ley 32107). Esta norma limita la aplicación de los delitos de lesa humanidad y permite la prescripción de crímenes cometidos antes del año 2002.

Con una votación de cuatro magistrados a favor y tres en contra, el TC no alcanzó los cinco votos necesarios para anular la ley. Por lo tanto, la Ley de Amnistía sigue vigente y en pleno efecto en el ordenamiento jurídico peruano.

Votos y magistrados involucrados

La decisión contó con el respaldo de los magistrados Pacheco Zerga, Morales Saravia, Ochoa Cardich y Hernández Chávez. En contraste, los magistrados Domínguez Haro, Gutiérrez Ticse y Monteagudo Valdez votaron en contra de la resolución.

Contexto y antecedentes

Previo a la resolución, organizaciones de derechos humanos y colectivos de familiares de víctimas del conflicto armado interno solicitaron a la entonces fiscal de la Nación, Delia Espinoza, que no interpusiera el recurso ante el TC. Argumentaban que una revisión del tribunal podría limitar la posibilidad de que los jueces ordinarios inapliquen la ley mediante control difuso en procesos específicos.

Gisela Ortiz, activista cuya hermana fue víctima del secuestro y asesinato en la Universidad La Cantuta en 1992 por el destacamento militar Colina, afirmó: «Estamos exigiendo al Ministerio Público, a la fiscal de la Nación, que no presente la acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Amnistía ante el Tribunal Constitucional. Es importante entender que esta entidad ha sido designada por el Congreso para defender leyes que, en muchos casos, favorecen la impunidad y los pactos políticos con el gobierno.»

Por su parte, el abogado penalista César Azabache aclaró que el fallo no impide que los jueces puedan inaplicar la Ley de Amnistía en casos concretos. En su opinión, «el TC ha declarado infundada la demanda por falta de votos, pero esto no elimina la posibilidad de que los tribunales la apliquen en casos específicos, basándose en sentencias previas, como la emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en 2001.»

Reacción de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos

La CNDDHH expresó su rechazo a la decisión del Tribunal Constitucional. En un comunicado, señalaron que la resolución afecta directamente los procesos vinculados a graves violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado interno.

La organización afirmó: «Este fallo ignora los pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y las advertencias de fiscales especializados en derechos humanos, quienes han señalado que estos delitos son imprescriptibles y que no deben quedar sin justicia.»

Comunicado CNDDHH

Documento oficial de la CNDDHH.

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Organizaciones de derechos humanos y familiares de víctimas, semanas antes del fallo, solicitaron a la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, que no presentara la demanda ante el TC. Argumentaban que una revisión del tribunal podría limitar la posibilidad de que los jueces ordinarios inapliquen la ley en procesos específicos.

Gisela Ortiz, activista y hermana de una víctima del conflicto, señaló: «Es fundamental que el Ministerio Público respete los procedimientos y la justicia en estos casos.»


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