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TC rechaza hábeas corpus sobre condiciones carcelarias de Pedro Castillo

Escrito por radioondapopular
diciembre 19, 2025
TC rechaza hábeas corpus sobre condiciones carcelarias de Pedro Castillo






Tribunal Constitucional declara improcedente demanda de Pedro Castillo



Tribunal Constitucional declara improcedente la demanda de Pedro Castillo

El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado como improcedente e infundada la demanda de hábeas corpus presentada por la defensa legal del expresidente Pedro Castillo. La acción buscaba denunciar la presunta vulneración de sus derechos a la salud bajo las condiciones actuales de su reclusión.

Decisión sobre la excarcelación por operación al corazón

Mediante la sentencia 203/2025, el Pleno del TC ha rechazado la solicitud del exjefe de Estado para obtener su excarcelación temporal con el fin de someterse a una cirugía cardíaca y mejorar sus condiciones en prisión.

En el hábeas corpus presentado, Castillo solicitaba su libertad temporal para realizarse una intervención quirúrgica en el corazón. Sin embargo, la resolución reciente señala que este pedido «debe ser desestimado, no por infundado, sino por improcedente por insuficiencia probatoria».

La defensa del expresidente alegó que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) «se rehusaba» a facilitar las pruebas médicas necesarias para aprobar la intervención. La resolución del TC, no obstante, indica que «no cuenta con los elementos necesarios para emitir un pronunciamiento de fondo».

«Declarar improcedente la demanda conforme a lo expuesto en los fundamentos 7-13 supra», señala la resolución.

Además, Castillo solicitó que se disponga una indemnización económica en caso de muerte o deterioro de su salud. Sin embargo, esta petición también fue declarada improcedente, ya que el TC afirmó que no es de su competencia.

Como es sabido, Pedro Castillo se encuentra actualmente recluido en el Establecimiento Penitenciario de Barbadillo, tras ser condenado por conspiración para la rebelión a una pena de 11 años y 5 meses.

Solicitudes relacionadas con su salud y condiciones carcelarias

Respecto a la petición de Castillo para recibir tratamiento en un hospital especializado por su dolencia cardíaca, el Pleno del TC también declaró infundada cualquier vulneración a su derecho a la salud.

Según la defensa, el mal que aqueja al expresidente sería una «angina de pecho inestable que requiere atención urgente» para evitar un infarto. Sin embargo, diversos informes médicos, incluyendo certificados de EsSalud y el Acta de Junta Médica Penitenciaria, concluyen que la condición diagnóstica es de «dolor torácico osteomuscular y síndrome de articulación condrocostal». Además, se indica que no se ha detectado la existencia de un problema cardíaco que requiera tratamiento específico y que no ha sido desatendido por las autoridades penitenciarias.

«Este Tribunal Constitucional declara que no se ha acreditado la vulneración de los derechos a la salud y a no ser objeto de tratamiento carente de razonabilidad y proporcionalidad respecto a la forma y las condiciones en las que don Jos Pedro Castillo Terrones cumple su reclusión bajo mandato judicial y la administración del INPE», se señala en la resolución.

En conclusión, el TC ha declarado improcedente e infundada la demanda de hábeas corpus presentada por Pedro Castillo, argumentando que no existen pruebas que sustenten una vulneración a sus derechos en relación con sus condiciones carcelarias o su salud.




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