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Congreso propone legalizar la venta de oro de minería artesanal y pequeña escala

Escrito por radioondapopular
octubre 23, 2025
Congreso propone legalizar la venta de oro de minería artesanal y pequeña escala

Nuevo proyecto de ley busca regular la formalización de la comercialización del oro proveniente de la minería artesanal y de pequeña escala

El presidente de la Comisión de Energía y Minas del Congreso, Víctor Cutipa Ccama (Juntos por el Perú – Voces del Pueblo – Bloque Magisterial), ha presentado un proyecto de ley cuyo objetivo es establecer un marco normativo para la formalización de la comercialización del oro obtenido en actividades de minería artesanal y de pequeña escala.

En ese contexto, el Proyecto de Ley N. 12946/2025-CR, presentado el miércoles 22 de octubre a través de la plataforma institucional del Congreso, busca regular y promover una formalización progresiva en la comercialización del oro. La propuesta contempla normar las transacciones entre concesionarios, operadores de contratos de explotación, comercializadores, procesadores y terceros naturales.

Además, el proyecto establece procedimientos destinados a garantizar la transparencia, la trazabilidad y el origen lícito del oro en las actividades mineras mencionadas.

Proyecto de ley
Proyecto de ley

Ámbito de aplicación y regulación de la venta del oro

Según el texto elaborado por el legislador del bloque de izquierda, la ley será de aplicación para toda persona natural o jurídica, incluyendo a terceras personas y seleccionadores manuales, que obtengan oro en zonas reconocidas bajo costumbres tradicionales. Estas zonas corresponden a las distintas áreas mineras del país.

Asimismo, se incluye a quienes se dediquen a la comercialización, acopio, beneficio o explotación del oro producido por la minería artesanal y de pequeña escala.

Respecto a la venta del oro, el proyecto plantea dos escenarios:

  • Las personas que realizan actividades relacionadas con concesionarios mineros o operadores con contratos de explotación que tengan derechos mineros sobre el mineral, podrán vender oro a terceros comercializadores y procesadores. Esto incluye a quienes tengan convenios vigentes con empresas mineras activas.
  • Las terceras personas naturales mencionadas deben estar inscritas en el Padrón de Terceras Personas Naturales y Seleccionadores Manuales de Oro.

En relación a esta figura, la inscripción estará bajo la responsabilidad de la Dirección General de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas. Las personas inscritas en el registro podrán comercializar hasta 100 gramos de oro por mes.

El Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Formalización Minera, será responsable de convocar el proceso de empadronamiento, que tendrá una duración de 90 días calendario. Durante este período, las personas naturales deberán presentar una Declaración Jurada en la que manifiesten, al menos, contar con la autorización del concesionario u operador minero para realizar actividades mineras.

Proyecto de ley
Proyecto de ley

Otras consideraciones del proyecto

El legislador también propone la creación del Registro Especial de Comercializadores y Procesadores de Oro. Los inscritos en este registro estarán autorizados a adquirir oro exclusivamente de quienes estén inscritos en el Padrón de Terceras Personas Naturales y Seleccionadores Manuales de Oro.

Asimismo, se sugiere que el Ministerio de Energía y Minas implemente mecanismos de control y supervisión para asegurar la legalidad y trazabilidad del oro comercializado en el país.

Este proyecto de ley representa un paso importante hacia la formalización de un sector minero que ha enfrentado desafíos en materia de legalidad y transparencia. La iniciativa busca fortalecer la regulación y promover prácticas responsables en la comercialización del oro obtenido en actividades artesanales y de pequeña escala.

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