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¿Es obligatorio pagar derechos de autor para poner música en eventos sociales y celebraciones?

Escrito por radioondapopular
agosto 8, 2025
¿Es obligatorio pagar derechos de autor para poner música en eventos sociales y celebraciones?

Indecopi lanza una herramienta digital para calcular pagos por uso de música con derechos de autor en eventos y establecimientos

¿Sabías que si utilizas música con derechos de autor en eventos como matrimonios, fiestas o en locales comerciales, debes pagar por su uso? Esto aplica tanto en espacios privados como públicos, y generalmente implica realizar pagos a asociaciones de gestión colectiva como Apdayc, Unimpro y Soniem. Para facilitar este proceso, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha actualizado su plataforma virtual, que permite calcular de manera sencilla y rápida cuánto se debe pagar por el uso de música protegida.

La herramienta, llamada Sintonízate, fue diseñada para responder a la creciente demanda de transparencia y cumplimiento en materia de derechos de autor. Con un diseño renovado y más amigable, la plataforma incorpora los cambios tarifarios recientes aprobados por las sociedades de gestión colectiva, y está dirigida a una amplia variedad de usuarios: propietarios de locales como discotecas, bares, gimnasios, centros comerciales, restaurantes, clubes sociales, además de organizadores de eventos sociales como matrimonios y aniversarios.

Según informa Indecopi, aunque el monto a pagar varía en función del tamaño del local, la cantidad de asistentes, si el evento genera ganancias o si se utiliza música en modalidad mecánica o en vivo, existen tarifas mínimas establecidas por ley. Por ejemplo, en una celebración privada donde se reproduce música mediante parlantes, el pago mínimo sería de 50 VUM, equivalentes a S/125. Sin embargo, si en ese mismo evento se genera lucro o se realiza en un espacio grande, el monto puede incrementarse.

Es importante señalar que las reuniones familiares en domicilios particulares están exentas de pagar derechos de autor, siempre que no se realicen con fines comerciales o públicos. En el caso de negocios, el pago dependerá de si la música es esencial para la actividad o solo complementaria. Por ejemplo, en una discoteca pequeña de menos de 10 metros cuadrados, el pago mínimo sería de 60 VUM (S/150), mientras que en locales mayores la tarifa se ajusta en consecuencia.

Indecopi busca con esta iniciativa promover el respeto a los derechos de autor y facilitar el cumplimiento de las obligaciones legales, evitando sanciones y fomentando un uso responsable de la música en los diferentes ámbitos sociales y comerciales del país.

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