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López Aliaga propone jueces sin rostro para casos de extorsión y sicariato, similar al fujimorismo

Escrito por radioondapopular
noviembre 4, 2025
López Aliaga propone jueces sin rostro para casos de extorsión y sicariato, similar al fujimorismo






Propuesta de jueces sin rostro en Perú genera rechazo y debate


Propuesta de jueces sin rostro en Perú genera rechazo y debate

Una propuesta polémica similar al fujimorismo

El precandidato presidencial por Renovación Popular, Rafael López Aliaga, volvió a plantear la necesidad de restablecer los llamados jueces sin rostro en Perú. Esta propuesta surge en un contexto de aumento en los niveles de extorsión y sicariato en el país.

López Aliaga afirmó que la medida debería implementarse pese a la oposición del Poder Judicial, que ha señalado los antecedentes negativos de su utilización en los años noventa. Según el precandidato, los jueces sin rostro serían necesarios para combatir el terrorismo y la criminalidad organizada, ya que evitarían que los jueces tengan miedo a enfrentar a los delincuentes.

Declaraciones y contexto

El último viernes, en un evento realizado en Santa Anita, López Aliaga expresó: “Tiene que haber una reforma profunda en la Fiscalía, que actualmente está en decadencia. Es necesario volver a los jueces sin rostro para que no teman poner orden y enviar a la cárcel a los delincuentes. Cuando hay temor, los jueces sin rostro son una opción, especialmente en casos de terrorismo. Ya sabemos cómo derrotar al terrorismo con acciones concretas. El general José Baella, exjefe de la Dircote, ya logró desarticular a esos grupos. Es momento de volver a derrotar a los terroristas urbanos”.

Reacciones en el Congreso y rechazo institucional

La propuesta de López Aliaga no pasó desapercibida. Días después, la congresista de Fuerza Popular, Patricia Juárez, anunció que presentará un proyecto de ley para restablecer los jueces sin rostro, incluyendo a los fiscales, con el fin de proteger su integridad física frente a posibles amenazas de los delincuentes.

Sin embargo, tanto el Poder Judicial como la Fiscalía han expresado su rechazo a esta iniciativa. El martes 28 de octubre, durante una mesa de trabajo en el Congreso, Braulio Andrade, jefe del Gabinete de Asesores del Poder Judicial, afirmó que “la posición institucional es contraria a esa opción, debido a la experiencia negativa del pasado y a los compromisos internacionales asumidos por el Estado peruano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

Andrade añadió: “El tema de los jueces sin rostro es complejo. La Corte Interamericana y el Tribunal Constitucional han declarado que esa práctica vulnera derechos fundamentales, como el derecho a la defensa, y no corresponde en nuestro sistema judicial”.

El fiscal superior Jorge Chávez Cotrina, coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, también manifestó su oposición. “Ya tuvimos una experiencia con jueces sin rostro, y muchas sentencias fueron anuladas por esa causa. Actualmente seguimos juzgando a personas sentenciadas por tribunales que operaron sin conocer la identidad de los jueces. Considero que esa no es la solución”, afirmó.

Perspectivas jurídicas y opiniones expertas

El abogado penalista Julio Espinoza calificó la propuesta como inviable y advirtió que, en el contexto electoral actual, algunos candidatos recurren a iniciativas populistas para ganar apoyo. “El sistema penal involucra a jueces, policías, peritos y testigos. La idea de un proceso completamente anónimo trastoca los principios básicos del debido proceso y las garantías mínimas en el siglo XXI”, explicó.

Espinoza recordó que en otros países de la región, como Brasil y México, ya se han intentado modelos similares, con resultados cuestionables. “Estas experiencias demuestran que la propuesta no tiene un fundamento ideológico sólido, sino que responde a un populismo que busca soluciones simbólicas, generalmente inviables”, agregó.

Historia y antecedentes en Perú

La figura de los jueces sin rostro en Perú se instauró en 1992, mediante el artículo 15 del Decreto Ley n° 25475, durante el régimen de Alberto Fujimori. Sin embargo, fue derogada en 1997 por la Ley n° 26671.

A pesar de ello, en 1999, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictaminó en el caso Castillo Petruzzi y otros vs. Perú que el Estado peruano violó el artículo 8.1 de la Convención de San José de Costa Rica, al no garantizar la imparcialidad de los jueces en estos procesos. El Tribunal Constitucional también declaró la inconstitucionalidad de la figura, considerando que su existencia vulneraba derechos fundamentales.

El fundador del Instituto de Defensa Legal, Ernesto De La Jara, explicó que “el uso de jueces sin rostro impide verificar la independencia judicial, ya que la identidad de los magistrados no es conocida. Esto generó condenas injustas y llevó a que el expresidente Fujimori tuviera que indultar a más de 500 personas en un período de tres años, debido a la presión internacional y nacional por los errores en estos tribunales”.

Por su parte, Gloria Cano, abogada de la Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh), subrayó que la derogación de esta figura fue consecuencia de su impacto negativo en el debido proceso y en la protección de los derechos de las personas inocentes.


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