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INS: PRUEBAS RÁPIDAS DE COVID-19 DEBEN SER APLICADAS EN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DEBIDAMENTE ACREDITADOS

Escrito por
30 de junio de 2020

Fuente : Diario Exitosa 

El INS señala que las pruebas rápidas de COVID-19 deben ser aplicadas o realizadas por establecimientos de salud públicos o privados debidamente acreditados.

Las pruebas rápidas para el diagnóstico de la COVID-19 deben ser aplicadas o realizadas por establecimientos de salud públicos o privados debidamente acreditados, para asegurar la calidad de los servicios que brindan en beneficio de la población, remarcó el Instituto Nacional de Salud (INS), del Ministerio de Salud (Minsa).

En ese sentido, el INS instó al público usuario a asegurarse de que se traten de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (Ipress) debidamente registradas ante la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud).

La población debe tener en cuenta que, de acuerdo a la norma vigente, no cualquiera puede realizar este tipo de pruebas. Por ello, es fundamental que no concurra a lugares no autorizados, subrayó.

El INS precisó que los establecimientos de salud deben figurar en el Registro Nacional de Ipress, que administra Susalud, con el fin de garantizar que son entidades formales que cumplen los requisitos necesarios para brindar o prestar los servicios.

Conforme a la norma vigente, lo que se busca es que las pruebas rápidas sean administradas por personal de salud debidamente calificado, de modo que oriente, de manera adecuada, a los usuarios con relación a lo que significa los resultados y sepan lo que deben hacer a partir de los mismos, anotó.

Asimismo, recordó que para su ingreso al país, estas pruebas tienen que pasar por un registro, que está a cargo de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), y cumplir con parámetros analíticos para que puedan ser utilizadas.

SENSIBILIDAD MAYOR AL 90%  

En esa línea, el INS señaló que se está solicitando que las pruebas rápidas tengan una sensibilidad mayor al 90 por ciento para la detección de casos de la COVID-19.

Se trata de un parámetro global que se está utilizando para garantizar la sensibilidad, es decir, que se pueda captar la mayor cantidad de casos probables. Diversas publicaciones científicas acreditan evidencias favorables donde se encuentra la utilidad diagnóstica de las pruebas a partir de los ocho días de inicio de síntomas, llegando a tener una sensibilidad mayor de 93 por ciento en algunos casos, resaltó.

Por último, indicó que las pruebas rápidas para el diagnóstico de esta enfermedad han sido implementadas en Bolivia, Brasil, Canadá, Colombia, Chile, Ecuador, Estados Unidos, Honduras, Nicaragua, México y Panamá, así como en Australia,  Corea, China, España, Italia, Nueva Zelanda y Singapur.

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