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Nintendo obtiene fallo favorable en Perú y multa a vendedor por peluches Pokémon ilegales

Escrito por radioondapopular
diciembre 25, 2025
Nintendo obtiene fallo favorable en Perú y multa a vendedor por peluches Pokémon ilegales






Indecopi sanciona a importadora por venta ilegal de peluches de Pokémon en Perú




Peluches de Pokémon replicados ilegalmente
Los Pokémon replicados ilegalmente. Foto: Indecopi

Indecopi confirma sanción a importadora por violación de derechos de autor de Pokémon en Perú

La Comisión de Derecho de Autor del Indecopi ha emitido la Resolución N°813-2025/CDA-INDECOPI, en la que se confirma la sanción a una empresa importadora en Perú por ingresar al país peluches que reproducían personajes icónicos de Pokémon sin contar con la autorización correspondiente de la compañía estadounidense propietaria de los derechos.

Este caso se suma a otras resoluciones favorables para Nintendo en su lucha por proteger su propiedad intelectual en la región. La decisión administrativa impuso una multa de 37,86 UIT, equivalente a S/ 202.551, además del comiso definitivo de la mercancía incautada, que no llegó a ser comercializada en el mercado peruano.

Detalles del procedimiento y la denuncia

El proceso se inició tras una denuncia presentada por Nintendo of America Inc., en la que se alegaba que la empresa denunciada había importado productos con reproducción no autorizada de los personajes “Meowth”, “Snorlax” y “Charizard”. La compañía japonesa afirmó ser titular de los derechos de autor sobre estas obras y proporcionó evidencia que incluía imágenes, documentación de la declaración aduanera y un cuadro comparativo entre los productos importados y las obras protegidas.

Inspección y hallazgos

La Comisión de Derecho de Autor dispuso diligencias de inspección e incautación en junio de 2025. Durante estas acciones, se identificaron un total de 2,670 peluches reproduciendo los personajes de Pokémon sin autorización.

En el acta de inspección se detallan las incautaciones: 900 unidades de “Meowth”, 720 de “Snorlax” y 1,050 de “Charizard”. La mercancía fue retirada antes de su comercialización, lo que permitió a las autoridades evitar su ingreso al mercado nacional y facilitó la evaluación del caso.

Evaluación de las infracciones

La Comisión analizó dos posibles infracciones: la vulneración del derecho de importación y la del derecho de distribución. Respecto a la primera, se concluyó que la empresa infractora efectivamente violó el derecho patrimonial al introducir productos que reproducían obras protegidas sin autorización del titular.

En cambio, en relación con el derecho de distribución, la autoridad determinó que no se acreditó ninguna infracción, ya que la incautación se realizó antes de que los productos fueran puestos a disposición del público, por lo que no se configuró la comercialización en el mercado nacional. Por ello, este extremo fue declarado infundado.

Implicaciones y antecedentes

Este caso refleja la firme postura de Indecopi en la protección de los derechos de propiedad intelectual en Perú, reafirmando su compromiso de sancionar a quienes vulneren estos derechos mediante la importación y venta de productos falsificados o sin autorización.



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