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MODIFICAN REGLAMENTO DEL TRIBUNAL NACIONAL DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS HÍDRICAS

Fuente: ANA – Minagri
ANA modificó artículos 14° y 16° en el marco de la Emergencia Nacional Sanitaria
Enlace: https://bit.ly/2T2wV9w
La Autoridad Nacional del Agua (ANA), adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego, mediante Resolución Jefatural Nº 083-2020-ANA, modificó el Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Controversias Hídricas para que sesione en provincias y para que los procesos también se realicen de manera virtual.
El documento indica que el tribunal podrá sesionar de manera itinerante en las sedes desconcentradas de la autoridad nacional del agua, cuando se justifique. También se aprueba que los administrados y sus abogados de participen en informes orales de manera no presencial, previa comunicación oportuna del interesado.
Los vocales del tribunal participarán en sesiones de la sala de manera presencial y no presencial. Para ello, la secretaría técnica coordinará con la Dirección del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos para garantizar su realización en tiempo real y simultaneo.
La RJ Nº 083-2020-ANA señala también que el tribunal estará compuesto por dos salas con 3 vocales en cada una. No obstante, en caso se produzca la vacancia al cargo de un vocal y esto impida cumplir el quórum, se sesionará en una única sala. El quórum mínimo para las sesiones de Sala Plena será del total de los vocales restantes y en caso de empate el Presidente ejercerá el voto dirimente.

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