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Perú establece límites de captura de merluza 2025-2026 y actualiza requisitos satelitales para pesca artesanal

Escrito por radioondapopular
septiembre 1, 2025
Perú establece límites de captura de merluza 2025-2026 y actualiza requisitos satelitales para pesca artesanal

## Nuevo límite de captura para la merluza en Perú

El Ministerio de la Producción de Perú (PRODUCE) ha establecido un nuevo tope máximo de captura para la especie merluza, que será válido desde julio de 2025 hasta junio de 2026. La cuota total autorizada para este período es de 20.364 toneladas, según lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 00290-2025-PRODUCE.

Esta medida responde a recientes evaluaciones técnicas presentadas por el Instituto del Mar del Perú (IMARPE). La resolución fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de agosto en Lima, formalizando así la regulación.

## Bases técnicas y consideraciones ecológicas

El análisis técnico realizado por IMARPE indica que la cuota fue fijada tras utilizar modelos de proyección de poblaciones y registros actualizados de la especie *Merluccius gayi peruanus*. La evaluación señala que la tasa de explotación recomendada de 0,18 es suficiente para mantener la biomasa de la especie y prevenir riesgos ecológicos.

El organismo proyecta que dicho nivel de extracción no comprometería la sostenibilidad del recurso, como se cita en El Peruano, y que la medida permitirá una gestión responsable sin afectar la viabilidad de la especie.

## Áreas de explotación y regulación

La nueva normativa delimita el área marítima donde se podrá realizar la pesca de merluza, extendiéndose desde el extremo norte del dominio marítimo peruano hasta los 07º00’ de latitud sur. La zona reconocida es de gran importancia para la actividad pesquera en la región.

Inicialmente, el límite máximo de captura total permisible (LMCTP) para julio y agosto de 2025 fue establecido en 10.000 toneladas. Sin embargo, esta cantidad fue ampliada en respuesta a las recomendaciones técnicas revisadas por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio.

## Monitoreo y control de las cuotas

Diversas entidades, como la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, junto con áreas técnicas del Ministerio de la Producción, ratificaron la decisión y resaltaron la importancia del monitoreo constante de la biomasa.

Estas instituciones enfatizaron la necesidad de realizar controles rigurosos, vigilancia y notificación ante cualquier variación significativa en las poblaciones de merluza. La resolución ministerial establece que el LMCTP podrá ser revisado si IMARPE detecta cambios importantes en los reportes biológicos y pesqueros.

## Distribución de cuotas y obligaciones de las embarcaciones

La distribución de cuotas individuales por embarcación será determinada por la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto. Esta dependencia también se encargará de publicar los límites de captura específicos para cada embarcación en el portal oficial del PRODUCE.

Las autoridades reiteraron la obligatoriedad de respetar estos límites, con el objetivo de garantizar la sostenibilidad del recurso y la gestión responsable del ecosistema marino, en línea con los reportes oficiales difundidos por El Peruano.

## Nuevas regulaciones para la flota menor

Por otra parte, PRODUCE implementó una modificación en las reglas relacionadas con la comunicación y el seguimiento satelital de las capturas en la flota pesquera menor. La Resolución Ministerial Nº 00291-2025-PRODUCE extiende la exención de la obligación de sistemas satelitales a una franja específica de embarcaciones artesanales, buscando ajustar las exigencias a las características de esta segmentación de la flota.

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