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Restringen restaurante por ofrecer datos falsos sobre promoción de buffet de alitas

Escrito por radioondapopular
septiembre 19, 2025
Restringen restaurante por ofrecer datos falsos sobre promoción de buffet de alitas

## Indecopi sanciona a restaurante en San Isidro por publicidad engañosa y deficiencias en atención al cliente

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó al restaurante Multiservicios Maicelo S.A.C., ubicado en San Isidro, tras comprobar que ofreció información falsa respecto a su promoción denominada “Buffet de Alitas”. La resolución final, Nº 1593-2025/PS3, a la cual tuvo acceso Infobae Perú, detalla las infracciones y las sanciones correspondientes.

El proceso se inició a raíz de una denuncia presentada por una consumidora que afirmó que le informaron que la oferta estaría disponible todos los días, excepto los viernes. Sin embargo, al acudir al establecimiento un miércoles, le indicaron que dicha promoción no existía. La cliente dejó constancia de la contradicción en su hoja de reclamación, señalando que la promoción no estaba disponible, a pesar de la información telefónica previa.

## Detalles de la denuncia y sanciones impuestas

La resolución, emitida el 12 de agosto de 2025, impuso multas que en total ascienden a 7,93 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a aproximadamente S/ 42.425,50. Además, ordenó medidas correctivas a favor de la denunciante. Entre las infracciones detectadas se encuentran la publicidad engañosa, deficiencias en el libro de reclamaciones y la falta de atención a un reclamo formal presentado por la clienta.

Según la denuncia, el 29 de enero de 2025, la consumidora se comunicó telefónicamente con el restaurante para consultar sobre la promoción por su cumpleaños. En esa llamada, que fue grabada y presentada como prueba, un trabajador del local le informó que la oferta era válida todos los días, salvo los viernes. Sin embargo, al acudir en persona, le negaron la existencia de la promoción.

## Contradicciones y sanciones específicas

En su hoja de reclamación, la denunciante dejó constancia de la contradicción señalando que: “No está la promoción de alitas disponible, contrario a lo expuesto telefónicamente en la cual indicaron que podía acercarme al local sin especificar horario o condición”. La denuncia fue declarada fundada en tres aspectos principales:

– **Información falsa:** Se comprobó que el establecimiento difundió datos que inducían a error, infringiendo el artículo 3° del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Por ello, se impuso una multa de 1,93 UIT.

– **Libro de reclamaciones:** El local no consignó su razón social, número de RUC ni dirección en una de sus hojas de reclamación, incumpliendo el artículo 150° del Código y el artículo 5° del Reglamento del Libro de Reclamaciones. La sanción por esta infracción fue de 1 UIT.

– **Falta de respuesta a reclamo:** La empresa no atendió la Hoja de Reclamación N° 014-2025, presentada el 29 de enero de 2025. Este incumplimiento del artículo 24.1° del Código generó una multa adicional de 5 UIT.

En total, las multas alcanzan las 7,93 UIT, equivalentes a aproximadamente S/ 42.425,50.

## Medidas correctivas y otros problemas detectados

Además de las sanciones económicas, Indecopi ordenó medidas correctivas en favor de la consumidora afectada. El restaurante debe poner a disposición de la denunciante la promoción “Buffet de Alitas” en un plazo determinado, garantizando así el cumplimiento de lo establecido.

Por otro lado, se detectaron problemas relacionados con el libro de reclamaciones, que llevaron a una sanción adicional de una UIT. La normativa exige que los establecimientos mantengan registros adecuados y accesibles para los consumidores, y su incumplimiento puede acarrear sanciones adicionales.

El caso evidencia la importancia de que las empresas mantengan transparencia y cumplan con las obligaciones legales en materia de protección al consumidor, evitando así sanciones y daños a su reputación.

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