Logo

Retiro AFP 2025: SBS permite retirar más de S/21,400 solo a ciertos afiliados

Escrito por radioondapopular
septiembre 29, 2025
Retiro AFP 2025: SBS permite retirar más de S/21,400 solo a ciertos afiliados

## Cronograma y montos del octavo retiro de fondos AFP

Tras la publicación del reglamento operativo para el octavo retiro de fondos AFP, la atención se centra en los detalles de su cronograma de implementación. Las solicitudes podrán realizarse a partir del 21 de octubre de 2025, y los primeros desembolsos están programados para el 20 de noviembre del mismo año. Esta primera fase permitirá a los afiliados acceder a sus fondos en un plazo cercano a un mes tras la apertura del proceso.

Un aspecto importante que ha pasado desapercibido es que, según el nuevo reglamento, el monto máximo de retiro podría superar los 21.400 soles establecidos como referencia. Esto dependerá de la fecha en que el afiliado registre su solicitud y de la actualización anual de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Por lo tanto, el monto final a retirar puede variar en función de estos factores.

## Detalles del procedimiento y plazos de solicitud

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) publicó hoy, 28 de septiembre de 2025, el procedimiento operativo que entrará en vigencia desde el 21 de octubre de 2025. Desde esa fecha, los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) podrán presentar sus solicitudes hasta el 19 de enero de 2026, disponiendo de un plazo de noventa días calendario para acceder al beneficio.

El experto en finanzas Jorge Carrillo Acosta, profesor en Pacífico Business School, resaltó las diferencias en los tiempos de implementación en comparación con procesos anteriores. En 2024, con el séptimo retiro, la ley se publicó el 18 de abril, y el reglamento fue aprobado apenas quince días después, el 3 de mayo. En ese caso, las AFP tuvieron diecisiete días para preparar y poner en marcha el procedimiento.

## Comparación con procesos anteriores y cronogramas de pago

Para este octavo retiro, la Superintendencia ha otorgado un margen de aproximadamente veintitrés días para que las administradoras ajusten sus sistemas, un período que Carrillo consideró inusualmente amplio en relación con experiencias pasadas. Sin embargo, destacó que la publicación del reglamento ya está en marcha, y eso es lo que importa.

Se anticipa que el proceso de solicitud y desembolso siga un calendario similar al de ocasiones anteriores, donde los cronogramas iniciales se establecieron según el último dígito del Documento Nacional de Identidad (DNI) del afiliado. Según esta lógica, quienes tengan DNI terminado en 1 podrían presentar su primera solicitud entre el 21 y 22 de octubre, mientras que los que tengan un DNI que termina en 0 o en una letra podrían hacerlo el 13 o 14 de noviembre.

## Cronograma de pagos y fechas clave

Un segundo cronograma, dirigido a aquellos rezagados, comenzaría el 17 de noviembre y concluiría el 28 del mismo mes, permitiendo una solicitud por cada dígito del DNI. A partir del 1 de diciembre, se abrirá la opción para que cualquier afiliado pueda solicitar el retiro sin restricciones de dígito, hasta el cierre del proceso el 19 de enero de 2026.

El calendario de desembolsos contempla cuatro pagos, con intervalos de 30 días calendario entre cada uno. El primer pago, que puede ser de hasta una unidad impositiva tributaria (UIT), se realizará el 20 de noviembre de 2025. Los siguientes desembolsos están previstos para el 20 de diciembre de 2025, el 19 de enero de 2026 y el 18 de febrero de 2026, respectivamente.

Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *