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SBS anuncia procedimiento para octavo retiro AFP 2025 y fechas de solicitud

Escrito por radioondapopular
septiembre 28, 2025
SBS anuncia procedimiento para octavo retiro AFP 2025 y fechas de solicitud

## SBS oficializa el reglamento para el retiro extraordinario de fondos en las AFP

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) anunció formalmente este domingo 28 de septiembre la publicación del reglamento operativo para el retiro extraordinario de fondos en el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Esta medida, resultado de la reciente Ley N° 32445, permite a millones de afiliados acceder a un monto de hasta 4 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a S/21.400 en 2025, de sus cuentas individuales de capitalización (CIC).

El reglamento, divulgado mediante resolución oficial en Lima, establece los procedimientos para realizar estos desembolsos. La normativa responde a la autorización del octavo retiro de AFP, otorgada por la ley mencionada, que regula este tipo de solicitudes extraordinarias.

## Plazos y requisitos para solicitar el retiro

Las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) tienen un plazo de 90 días calendario desde la publicación de la norma para recibir las solicitudes de sus afiliados. Durante este período, los afiliados podrán presentar sus pedidos tanto de forma virtual como presencial. La SBS ha señalado que las plataformas digitales de cada AFP deben garantizar la seguridad y facilitar un acceso eficiente para evitar contratiempos en el proceso.

Las AFP Integra, Habitat, Prima AFP y Profuturo aconsejaron a sus clientes mantener actualizados sus datos, especialmente en lo referente a claves web y datos de contacto, antes de iniciar el trámite. La plataforma digital deberá permitir la gestión segura y sencilla de las solicitudes, asegurando una experiencia sin dificultades.

## Detalles del proceso de desembolso y condiciones

El monto máximo que puede retirarse por afiliado es de 4 UIT, equivalente a S/21.400 en el valor vigente en 2025. El desembolso se realiza en hasta cuatro cuotas mensuales de una UIT cada una, comenzando 30 días después de ingresada la solicitud. Los pagos se efectuarán en intervalos de 30 días hasta completar el monto solicitado o alcanzar el límite máximo permitido.

El reglamento también establece que las AFP deben ofrecer canales digitales o físicos para ingresar y dar seguimiento a las solicitudes, además de comunicar cualquier requerimiento adicional a los usuarios en tiempo oportuno. Además, el proceso contempla la retención de hasta un 30% del monto en caso de deudas alimentarias vigentes, según mandatos judiciales.

## Beneficiarios, condiciones y cronograma de pagos

Este beneficio está dirigido a todos los afiliados activos, desempleados y próximos a jubilarse, sin restricciones de edad, empleo o situación previsional. Los usuarios podrán desistir del retiro en cualquier momento antes del siguiente desembolso, siempre que comuniquen su decisión con al menos 10 días de anticipación a su AFP.

Para quienes se encuentren en el extranjero o presenten impedimentos físicos, las AFP deberán habilitar canales adecuados para recibir y gestionar las solicitudes, garantizando la seguridad digital. La entrada en vigencia del reglamento está prevista para el 21 de octubre de 2025.

Desde esa fecha, los afiliados podrán presentar formalmente sus solicitudes, las cuales serán procesadas según un cronograma establecido. El primer pago se realizaría aproximadamente el 20 de noviembre de 2025, 30 días después de la solicitud. Los siguientes desembolsos, cada uno por un máximo de una UIT, se efectuarán en las fechas del 20 de diciembre de 2025, 19 de enero de 2026 y 18 de febrero de 2026, respectivamente, siguiendo los intervalos señalados.

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