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SUNAT exige pago de impuestos a personas naturales tras afiliación automática

Escrito por radioondapopular
noviembre 14, 2025
SUNAT exige pago de impuestos a personas naturales tras afiliación automática






Sunat implementa inscripción automática en el RUC para personas naturales




Sunat implementa la inscripción automática en el RUC para personas naturales

Desde finales de octubre de 2024, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) ha comenzado a aplicar una medida que permite inscribir de oficio en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) a personas naturales que cumplen con ciertos indicadores económicos, sin necesidad de realizar un aviso previo o trámite voluntario. Esta disposición se fundamenta en la Resolución de Superintendencia N.º 000130-2024/SUNAT, que amplía los criterios para la inscripción obligatoria y faculta a la entidad a ejecutar el registro automático cuando los contribuyentes no lo realicen dentro del plazo establecido.

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Esta nueva potestad administrativa modifica el proceso de formalización tributaria en el país, ya que habilita a la Sunat a incorporar directamente en el RUC a quienes, por el valor de sus bienes, depósitos o inversiones, deben formar parte del sistema fiscal. Con esta medida, la entidad busca ampliar la base de contribuyentes, incluyendo a aquellos que, hasta ahora, permanecían fuera del registro pese a tener operaciones o patrimonios relevantes dentro o fuera del país.

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¿A quiénes incorporará automáticamente la Sunat y cuáles son los requisitos?

Según la Resolución de Superintendencia N.º 000130-2024/SUNAT, publicada a finales de junio de 2024, la Sunat está facultada para inscribir de oficio a las personas naturales que no realizaron el trámite en los plazos establecidos, pero cumplen con las condiciones de obligatoriedad. El proceso inicialmente abarca a quienes, al 31 de julio de 2024, reunían los requisitos económicos establecidos y no se inscribieron hasta el 30 de septiembre del mismo año.

Asimismo, la medida se extiende a quienes mantuvieron operaciones con el sistema financiero, como la obtención de créditos empresariales por montos superiores a 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) o la contratación de seguros obligatorios de accidentes de tránsito (SOAT) para vehículos de transporte de carga pesada en las categorías N2 y N3. En estos casos, la Sunat puede ejecutar la afiliación automática al RUC basándose en la información proporcionada por las entidades financieras o aseguradoras, sin que sea necesario un trámite presencial del contribuyente.

Criterios establecidos por la Sunat para la inscripción automática de personas naturales

La resolución incorpora nuevos supuestos que generan la obligación de inscribirse en el RUC. Entre ellos, se encuentran las personas naturales propietarias de cinco o más predios —ya sean rurales o urbanos— cuyo valor total supere las 126 UIT, equivalentes a aproximadamente S/ 674.100, según la UIT vigente. También deben inscribirse quienes posean acciones o participaciones en sociedades nacionales o extranjeras con un valor conjunto que exceda las 100 UIT.

Además, están obligadas a inscribirse aquellas personas que realizaron adquisiciones de bienes sujetas al régimen de percepciones del Impuesto General a las Ventas (IGV) por un monto superior a 10 UIT, es decir, más de S/ 53.500, en el sistema financiero, o que mantuvieron depósitos cuyo saldo acumulado supera las 300 UIT.

Con estas medidas, la Sunat busca fortalecer la fiscalización y ampliar la base de contribuyentes, asegurando que quienes tienen un patrimonio o realizan operaciones relevantes sean formalizados en el sistema tributario nacional.


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