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TC anula investigación contra Keiko Fujimori y Fuerza Popular en Caso Cócteles

Escrito por radioondapopular
octubre 20, 2025
TC anula investigación contra Keiko Fujimori y Fuerza Popular en Caso Cócteles






Tribunal Constitucional anula el caso Cócteles contra Keiko Fujimori



Tribunal Constitucional anula el proceso penal contra Keiko Fujimori en el caso Cócteles






Estos fueron los argumentos del TC para anular el caso cocteles que involucra a Keiko Fujimori | Canal N

El Tribunal Constitucional (TC) decidió archivar el proceso penal conocido como caso Cócteles, en el que se acusaba a Keiko Sofía Fujimori Higuchi por presunto lavado de activos y organización criminal. La máxima instancia constitucional concluyó que la lideresa de Fuerza Popular fue procesada aplicando una norma que aún no existía en el momento en que ocurrieron los hechos, lo que vulneró el principio de legalidad penal.

La resolución, emitida el 2 de octubre de 2025, responde a un habeas corpus presentado por su abogada, Giulliana Loza Ávalos. En su argumento, la defensora afirmó que la Fiscalía construyó el caso sobre la base de un tipo penal que fue incorporado años después de las campañas presidenciales de 2011 y 2016. Con esta decisión, el TC anuló todas las resoluciones judiciales y actuaciones fiscales relacionadas con la investigación.

Principales argumentos del Tribunal Constitucional

Violación del principio de legalidad penal

El primer punto destacado por el TC fue la violación del principio de legalidad penal, que establece que nadie puede ser juzgado por un delito que no estaba previsto en la ley en el momento en que se cometieron los hechos. En este caso, la Fiscalía acusó a Fujimori basándose en la figura de “receptación patrimonial”, que fue incluida en el Código Penal en noviembre de 2016 mediante el Decreto Legislativo 1249. Sin embargo, los hechos investigados ocurrieron años antes, lo que hace que la aplicación de esta norma sea retroactiva y, por tanto, ilegal.

El TC advirtió que aplicar esa norma en este caso constituye una retroactividad indebida. La justicia no puede sancionar conductas que, en su momento, no estaban tipificadas como delitos, ya que esto vulnera derechos fundamentales y la seguridad jurídica de los ciudadanos.

Atipicidad y falta de conocimiento del origen ilícito

Otro punto central fue la falta de tipificación de las conductas atribuidas a Fujimori, como recibir aportes de campaña, organizar eventos o coordinar actividades partidarias. La sentencia sostiene que esas acciones no pueden considerarse delitos de lavado de activos, pues en ese momento no estaban contempladas como tal en la ley vigente.

Asimismo, el Tribunal resaltó que no se acreditó que Fujimori o su entorno tuvieran conocimiento del origen ilícito de los fondos. La ausencia de dolo o intención de ocultar dinero ilegal impide sostener una acusación por lavado de activos.

Rechazo a la imputación de organización criminal

El Tribunal también rechazó la acusación por organización criminal. Consideró que una agrupación política no puede ser tratada como una banda delictiva, y que no existen pruebas suficientes que sustenten esa imputación.

Giulliana Loza aseguró que aportes a Fuerza Popular fueron lícitos
Giulliana Loza afirmó que los aportes a Fuerza Popular fueron lícitos. Foto: Andina

En conclusión, el Tribunal Constitucional consideró que el proceso contra Keiko Fujimori carece de base legal, ya que se fundamentó en una normativa que no estaba vigente en el momento de los hechos. La decisión representa un revés para las acusaciones en su contra y refuerza la importancia del principio de legalidad en el sistema judicial peruano.

El encierro significó un antes y un después para Fujimori
El encarcelamiento fue un punto de inflexión para Fujimori, quien afirmó que ese tiempo le permitió redescubrirse y entender que la fortaleza también reside en reconocer y enfrentar las emociones. (Andina)

Para más información sobre el caso, puedes consultar artículos en Perú21 Política y otras fuentes confiables.


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