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Tribunal Constitucional anula resoluciones de SUNAT notificadas a correo inhabilitado y protege el derecho de defensa

Escrito por radioondapopular
septiembre 10, 2025
Tribunal Constitucional anula resoluciones de SUNAT notificadas a correo inhabilitado y protege el derecho de defensa

## Tribunal Constitucional anula resoluciones de SUNAT por notificaciones fallidas

El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada una demanda de amparo y anuló varias resoluciones emitidas por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT). La decisión, publicada el miércoles 10 de septiembre en el Diario Oficial *El Peruano*, se basó en que la SUNAT notificó a un correo electrónico inhabilitado, incumpliendo su deber de garantizar que el contribuyente tuviera pleno conocimiento de los actos administrativos en su contra.

La sentencia, identificada como 975/2025, analiza el caso de un contribuyente que no pudo acceder a las notificaciones enviadas por la SUNAT, ya que estas llegaron a un buzón de correo electrónico que había sido desactivado tras el cierre de sus actividades. Con pruebas como capturas de pantalla, el contribuyente demostró que los mensajes fueron rechazados automáticamente y devueltos con un aviso de error. La decisión judicial consideró que esto vulneraba su derecho a la defensa y al debido proceso.

## La vulneración del derecho a la defensa y el debido proceso

El demandante argumentó que la situación configuró una vulneración de sus derechos fundamentales, ya que las resoluciones de determinación y multa le fueron notificadas sin que pudiera conocer su contenido ni ejercer los recursos legales correspondientes. El TC concluyó que la SUNAT no puede limitarse a cumplir formalidades de notificación cuando estas no aseguran que el contribuyente reciba efectivamente la información.

El fallo señala que, aunque el Código Tributario prevé el envío de notificaciones al buzón electrónico SOL, esta modalidad no resulta suficiente si no garantiza que el contribuyente reciba la comunicación. La administración tributaria debe verificar que sus comunicaciones cumplen con el objetivo de informar, afirmó el tribunal.

## La importancia de garantizar la efectividad en las notificaciones

El TC aclaró que la validez de las notificaciones tributarias no se limita al uso del buzón SOL ni a la remisión de alertas a correos electrónicos, sino que requiere una efectividad real en la comunicación. De lo contrario, se vacía de contenido la garantía del debido proceso, advirtió el tribunal.

Sofía Chirinos, abogada de la Editorial Economía y Finanzas (EEF), respaldó esta interpretación. Señaló que la SUNAT debió emplear mecanismos alternativos para asegurar la notificación efectiva. “La validez no depende solo de la formalidad legal, sino de que la comunicación sea eficaz para poner en conocimiento al contribuyente el acto administrativo. No puede usar canales inoperativos y luego alegar que cumplió con la ley”, afirmó.

## La obligación de usar medios adicionales en la notificación

Chirinos recordó que el propio Código Tributario contempla opciones complementarias, como la notificación en el domicilio fiscal o procesal del contribuyente. Además, existen precedentes jurisprudenciales en los que el TC ha dispuesto que, cuando otros medios no son efectivos, se debe recurrir al domicilio registrado en el documento de identidad.

La especialista subrayó que, si una alerta enviada a un correo declarado como inhabilitado es rechazada, la administración tiene la obligación de emplear medios adicionales. De lo contrario, coloca al contribuyente en una situación de indefensión y vulnera garantías constitucionales básicas.

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