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Tribunal ordena la pronta libertad de Martín Vizcarra por estos motivos

Escrito por radioondapopular
septiembre 4, 2025
Tribunal ordena la pronta libertad de Martín Vizcarra por estos motivos

## Decisión del Poder Judicial: Vizcarra recupera su libertad

Martín Vizcarra, ex presidente del Perú, investigado por presunto cohecho pasivo propio, recuperará su libertad en las próximas horas. La Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada ordenó su excarcelación inmediata tras analizar una apelación presentada por su defensa contra la resolución del juez Jorge Chávez Tamariz, del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional.

La decisión se produjo después de que la defensa de Vizcarra argumentara que la medida de prisión preventiva solo puede modificarse durante la etapa de investigación preparatoria, según lo establecido en el artículo 279 del Código Procesal Penal. Además, sostuvieron que no existían elementos suficientes para justificar un riesgo de fuga o de obstaculización del proceso, y que no se comprobó la supuesta disminución de sus arraigos familiares y laborales.

## Argumentos de la defensa y respuesta del Ministerio Público

La defensa del exmandatario afirmó que Vizcarra no tenía arraigo familiar, pues sus hijos eran mayores de edad o tenían domicilio distinto. Sin embargo, las actas de allanamiento evidencian que convivía junto a su esposa y dos hijos en un mismo domicilio. La estrategia legal se centró en cuestionar la legalidad del nuevo requerimiento fiscal y en destacar la falta de elementos que justifiquen la prisión preventiva en esta fase del proceso.

Por su parte, el Ministerio Público defendió la legitimidad de solicitar la prisión preventiva incluso en la etapa de juzgamiento. Argumentó que las medidas cautelares son provisionales y pueden variar en cualquier momento del proceso penal. Además, sostuvo que existe un riesgo procesal fundamentado en la gravedad de la acusación, la magnitud de la pena y la supuesta insuficiencia de los arraigos del exmandatario.

## Revisión del caso y antecedentes

El tribunal evaluó la legalidad del recurso presentado por la defensa, que cuestionaba una resolución del 13 de agosto de 2025 del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria. En esa ocasión, se ordenó una prisión preventiva por cinco meses. La revisión consideró los antecedentes procesales, remontándose a marzo de 2021, cuando la fiscalía solicitó por primera vez prisión preventiva, petición que fue rechazada en ese momento. Desde entonces, Vizcarra permaneció bajo comparecencia con restricciones, medida que expiró en 2024 por cambios normativos.

La sala concluyó que las medidas de coerción personal, incluida la prisión preventiva, pueden ser revisadas en cualquier fase del proceso si existen elementos objetivos que justifiquen su aplicación. Sin embargo, en este caso, no se presentaron pruebas nuevas que modificaran las condiciones ya evaluadas en 2021, cuando se consideró suficiente mantener la comparecencia como medida.

## Valoración del arraigo y riesgos procesales

Uno de los puntos clave en la decisión fue la evaluación del arraigo del exmandatario. La sala determinó que las actas de allanamiento demostraban que Vizcarra convivía con su familia, contrariamente a lo argumentado previamente por la fiscalía. También consideró que los contratos laborales presentados, aunque cuestionados por tratarse de empresas familiares, indicaban una actividad profesional vigente.

Finalmente, la sala descartó la existencia de un peligro procesal que justificara la prisión preventiva. Se señaló que Vizcarra había cumplido con todas las convocatorias judiciales y que no se acreditaron actos de obstrucción ni de intención de fugar. La decisión reafirmó que la prisión preventiva es una medida excepcional, solo aplicable en casos de riesgos concretos, y no puede imponerse en base a presunciones o desconfianza en el arraigo del imputado.

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